jueves, 18 de junio de 2015

Que hacer con los Pagos realizados en agencia bancaria que no se visualiza en la clave SOL.

Alguna vez les habrá sucedido que se ha realizado pago de tributos en ventanilla de una agencia bancaria y estos nos dan un voucher de pago. Que pasa si al cabo de cinco o 7 días (Promedio máximo en que se cargan los pagos) queremos consultar y/o confirmar el pago que se realizó en el banco a través de nuestra clave SOL y estos no figuran aún cuando se ha cumplido el tiempo en que debería de cargarse. 


Pagos no cargados en SOL
Consulta de pagos en la clave SOL

Es ahí donde verificamos los datos y la información en el voucher de pago con el fin de corroborar que la información del pago es correcto, pero no está cargado en el sistema, a continuación se debe realizar lo siguiente cuando los pagos no están cargados en el sistema:

SUNAT nos indica que presentemos un escrito por mesa de partes de acuerdo a la RS 132-2004/SUNAT. 

En resumén la resolución indica:

Formularios que no se encuentren registrados en los sistemas SUNAT RS.132-2004/SUNAT del 08-06-2004
COMUNICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS QUE NO FIGUREN REGISTRADOS EN LOS SISTEMAS DE LA SUNAT
Artículo 12°.- REQUISITOS
Para comunicar el cumplimiento de la presentación de formularios que no figuren registrados en los sistemas de la SUNAT, el deudor tributario o su representante legal acreditado en el RUC deberá cumplir con lo siguiente, en la dependencia que le corresponda.
Presentar:
a) Un escrito firmado por el deudor tributario o su representante legal acreditado en el RUC, indicando el número del formulario no registrado, la fecha de presentación y su número de orden o número de operación, según sea el caso, así como el nombre de la agencia o sucursal y entidad bancaria o dependencia de la SUNAT en la que se presentó; y, 

b) Copia simple del formulario físico o de la constancia de presentación del Formulario Virtual, no registrado en el sistema de la SUNAT. En la copia del formulario físico se deberá distinguir de manera clara y legible el sello de recepción de la SUNAT y/o de la agencia o sucursal de la entidad bancaria receptora. 

Exhibir el documento de identidad original vigente del deudor tributario o de su representante legal acreditado en el RUC, según corresponda. 


En caso el trámite de la comunicación antes mencionada sea realizado por una persona distinta al deudor tributario o su representante legal acreditado en el RUC, deberá exhibir, además de lo indicado en los puntos 1 y 2, su documento de identidad original vigente.

martes, 16 de junio de 2015

Como declarar IGV - RENTA de manera virtual.

A continuación de dispone de un Vídeo Tutorial sobre como declarar de manera virtual nuestro IGV y RENTA desde la Clave SOL.

CLAVE SOL
Declara y pagar de manera virtual con la clave SOL

Para realizar la declaración y pago es necesario que no haya sido sujeto a retención y percepción en el mes a declarar, además podemos declarar en cero (No se tuvo compras y ventas) y se muestra como pagar si se ha consignado importe a pagar.

Recuerde se puede realizar el pago si tiene ha celebrado convenio con una agencia bancaria para el pago de tributos, cuenta con tarjeta de crédito/ débito afiliado a Very by Visa, ó puede generar el NPS y realizar el pago en cualquier agencia bancaria de manera presencial.

Confirmar Código de verificación

Confirmación del correo electrónico
Código de verificación enviado al correo electrónico
Algunas consideraciones con relación a la confirmación y registro del correo electrónico ingresado en el Formulario virtual 3128 y/o en la Ficha RUC desde la Clave SOL, se tiene lo siguiente:

  • Permite el registro del mismo correo cuando el contribuyente  actualiza los datos del “correo electrónico 1”.  
  • El correo electrónico puede tener desde 3 a más caracteres como usuario (ejemplo: abc@dominio.com.pe), esto se considera para cualquier dominio de correo.
  • Continua las restricciones para cuentas de correo gratuitas compuestas con el dominio com.pe (ejemplo: hotmail.com.pe, yahoo.com.pe, latinmail.com.pe) 


Cuando el contribuyente reciba el mensaje del Código de Verificación, este tendrá el siguiente asunto:
Código de verificación: XXXXX – RUC: [número de RUC]


Universo de obligados a llevar Libros Electrónicos

La obligación de llevar de manera electrónica el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, establecida según la RS N° 018-2015, considera lo siguiente:

Obligados a llevar libros electrónicos
Libros Electrónicos
  1. Los contribuyentes que no sean PRICOS, ni se hayan afiliado al SLE-PLE, que estén acogidos al Régimen General y que hayan obtenido ingresos mayores a 150 UIT (S/.570,000) entre los meses de enero a diciembre 2014.
  2. Para tal efecto, se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 o la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV.
  3. Los contribuyentes que hayan estado acogidos al Régimen General durante dichos meses (entre los meses de enero a diciembre 2014), inclusive si se cambió de régimen.

CÓDIGO DE VERIFICACIÓN - Cuando va llegar al correo electrónico.

En relación a contribuyentes que están en el NRUS no recibirán el código de verificación.


Para los contribuyentes que han registrado y/o actualizado el correo electrónico que solicita SUNAT y que realiza las validaciones al momento de autorizar la impresión de comprobantes de pago, sólo les llegara el código de verificación de cinco dígitos para contribuyentes que tengan los tributos de régimen general, régimen especial y los tributos que se detallan en la siguiente figura. 

Solo se habilitara para los tributos detallados líneas abajo.

Lista de tributos.