Error al ingresar al PDT PLAME

PDT PLAME 2.5

Error al ingresar al PDT PLAME 2.5 release (2)


Inconsistencias con la nueva versión del PDT PLAME (Planilla Electrónica).
Versión 2.5 release 2 del PDT PLAME con inconsistencias al ingresar
No es novedad que el PDT PLAME y sus versiones presenten inconsistencias, el día Viernes 06 de Setiembre se público una nueva versión del PDT PLAME versión 2.5 con el Release (2), Salió esta este release debido a los ajustes que se tenían que hacer a la versión 2.5 Release (1) por las suspensión de las aportaciones a la ONP del Poder Legislativo.

Los problemas que presentan los Usuarios que tienen que llenar la Planilla Electrónica es al momento de acceder al PDT PLAME 2.5 Release (2) que no permite ingresar por la opción "CON CLAVE SOL" después de haber ingresar el Número de RUC, Usuario, y Clave. 

Esta nueva versión del PDT PLAME permite presenta inconsistencias al ingresar CON CLAVE SOL

POSIBLE SOLUCIÓN:

Para acceder al PDT PLAME debera de ingresar según el procedimiento recomendado por SUNAT cuando suceden estas inconsistencias, es, primero ingresar al PDT PLAME por la opción "SIN CLAVE SOL", escribir los datos de acceso General como son su Número de RUC, en la opción USUARIO Verificar que sea ADMINIST, y en opción de Clave, escribir ADMINIST, Verificaran que logran acceder, una vez que se logra acceder el siguiente paso es, cerrar el PDT PLAME, y luego ingresar por la Opción "CON CLAVE SOL" ingresando los datos de acceso de su CLAVE SOL. 
Con este procedimiento, la gran mayoría de Usuarios logran ingresar de manera normal, permitiendo elaborar su Planilla Electrónica. Espero que haya sido de Ayuda este Tema.

25 comentarios:

  1. Ahora si puedo ingresar desde el viernes que llevo intentando y no se podia ingresar.

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  2. no me funciona T.T que hagoo??

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  3. NO FUNCIONA POR FAVOR DEN SOLUCIÓN ANTES DE LOS VENCIMIENTOS

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  4. NO PUEDE INGRESAR AL PLAME, ME INDICA "ERROR DE AUTENTICACION"

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  5. NO SE PUEDE INGRESAR QUE PASA CON LA SUNAT SE LLAMA AL 3150730 Y DICE QUE TODO ESTA BIEN Y NO ES ASI SOLUCIONES POR FAVOR

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  6. NO SE PUEDE INGRESAR, ERROR DE AUTENTICACION

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  7. POR FAVOR SOLUCION, SE VENCE EL PLAZO

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  8. No me funcionó , sigo sin poder ingresar al PLAME, me sale "ERROR DE AUTENTICACION"

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  9. TAMPOCO PUEDO ENTRAR, ME SALE ERROR DE ATENTICACIÒN, CARAY QUE HACEMOS?

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  10. Hoy también se presenta el mismo mensaje error de autenticación. Favor de dar solución de inmediato.

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  11. uffffff y nada toda la semana..... informática del 3150730 ....dice que todo está bien.... es algo que tiene que ver con su instalación ?????????????????????????????????????????????????????????????????

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  12. Chicos por fin entre verifique su IE no importa la version y trabaje sin conexion a internet y listo

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  13. ES UNA ESTUPIDES ERSTE SISTEMA DE SUNAT LOS MISMOS PROGRAMADORES NI SABNE SON UNOS BURROS

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  14. la solución es la siguiente ejecuten el programa,desabiliten su internet ,luego ingresen la clave,posterior a ello activen su internet.
    es todo.

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  15. NO PUEDO INGRESAR AL PLAME......NO HAY TOPE DE HORARIO PATA INGRESAR, VERDAD?

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  16. LO MÁXIMO, si me ayudó en la versión 3.5, tampoco sabía qué pasaba, parece que ingresar sin la clave desbloquea algo y luego cuando lo haces con la clave va todo normal... MIL GRACIAS POR COMPARTIR

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  17. alguien encontró la solución, sigo sin ingresar...

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  18. me sirvio lo de deconectar el interent y ingresar

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  19. Mi tío me pidió ayuda para hacer su registro desde mi laptop y tiene el mismo problema de no poder entrar con su clave sol ni haciendo lo que aquí recomiendan.

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  20. Hice todo lo recomendado pero nada que se puede ingresar 🤬🤬

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Doctrina y Jurisprudencia

El Tribunal Fiscal establece el plazo que debe otorgarse a los recurrentes para presentar el poder o subsanar el defecto del mismo, tratándose de procedimientos contenciosos iniciados respecto de resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como las que las sustituyan.

Resolución de Observancia Obligatoria Nº º 2014-1-6067 (31/05/2014).- Criterio de Observancia Obligatoria: Tratándose de procedimientos contenciosos iniciados respecto de resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como en el caso de las resoluciones que las sustituyan, el plazo que debe otorgarse a los recurrentes para presentar el poder o subsanar algún defecto de éste es de 5 días hábiles, conforme con lo establecido por los artículos 140° y 146º del Código Tributario.

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Normas de Interés Tributario


NORMAS DE TRIBUTOS INTERNOS

RESOLUCION MINISTERIAL N° 054-2021-MINCETUR:

Modifican la R.M. N° 195-2019-MINCETUR que aprobó a Construyendo Hoteles S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado Hotel BALTA.(Publicado el 17/04/2021).

DECRETO SUPREMO N° 009-2021-TR:

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31047 Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar. (Publicado el 17/04/2021).

RESOLUCION N° 000052-2021/SUNAT:

Aprueban el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019. (Publicado el 17/04/2021).

RESOLUCION N° 000056-2021-SUNAT/800000:

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatario Administrativo titular de la Oficina Zonal Juliaca.


NORMAS ADUANERAS

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000053-2021/SUNAT (Páginas 6 al 13):

Modifican el procedimiento específico “Reconocimiento físico - extracción y análisis de muestras” DESPA-PE.00.03 (versión 3).

Ver normas anteriores, Leer más..